Portal de Transparencia

Convenios de coordinación

Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado

Artículo 85.- Con excepción de la información reservada y confidencial prevista en esta Ley y sin necesidad de que medie o se presente solicitud de información alguna, todos los Sujetos Obligados deberán poner a disposición del público y mantener actualizada de manera regular y permanente, a través del Portal de Transparencia y la Plataforma Nacional, las siguientes obligaciones de transparencia:

Fracción XXXIII.- Los convenios de coordinación con sus homólogos de la Federación, de otras entidades federativas y/o de los municipios, así como aquellos relativos a la concertación con los sectores social y privado.


Fiscalía Jurídica

Responsable: Área responsable de la información

Periodo de actualización.- No especificado
Fecha de actualización: Miércoles, 10 de Enero de 2024